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LA MEDIACIÓN UNA “NUEVA FORMA DE MONTAR EN EL TREN”.

Posted by on 5 abril, 2018

 

 

 Hay multitud de ejemplos que  nos permiten explicar la diferencia entre los procesos judiciales y el procedimiento de mediación. A mi me gusta, al explicarlos, mostrar los dos como si nos fuésemos a subir a un tren.

  Si comparáramos ambos sistemas, el judicial y la mediación  con una red de ferrocarriles tendríamos que:

 A) En los procedimientos judiciales (y arbitrales), el procedimiento sería  una vía donde el tren  está obligado a ir del punto A al punto B o C, por un línea determinada, haciendo paradas en unas estaciones preestablecidas, con unos tiempos de parada en cada uno de ellos fijados previamente. Las partes se limitan a subirse en el tren que es conducido por el juez o el árbitro, y una vez que han comprado el billete (puesto la demanda o contestado) no pueden hacer nada más que mirar por la ventanilla y la mayoría de las veces no saben que están viendo ni nadie se lo explica.

 B) Frente a esto, en la mediación, las partes cuando llegan a la estación se les invita a que se suban a la máquina del tren, deciden el camino a tomar, muchas veces sin un rumbo preestablecido, pero sabiendo que quieren llegar a la estación del acuerdo (por eso se han subido juntos), además pueden elegir las paradas que hacen, cuanto tiempo tomarse en cada parada, incluso bajarse del tren cuando ellos quieran sin que les pase nada. Será al final del camino cuando descubran que han llegado. En este proceso, el mediador, sería como el guardagujas que va montando en el propio tren, en la máquina al lado de las partes y cuya función es que éstas durante todo su recorrido permanezcan dentro de la vía, cambiando de vía si ello fuera necesario, pero con el consentimiento de ellos.

Fernando L. Camisón

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